22 January 2017

Procedimiento sindical. Organización para la acción.


Pedro López Provencio



El último empleo que tuve por cuenta ajena, antes de jubilarme, fue el único al que accedí sin que yo lo solicitase previamente. Me vinieron a buscar. Pero pronto comprendí que no podría hacer el trabajo principal que había acordado con quien me lo ofreció. Todo cambio organizativo que no se encauza en los primeros meses ya no se hace. Se acomodan a “lo que hay” y se posponen indefinidamente las “complicaciones” de cambiarlo. Lo urgente no deja lugar a lo necesario. Así, acabé mi vida laboral haciendo tareas de jurista.

Por eso cuando, en el primer lustro de este siglo, la parte catalana de las CCOO se propusieron contratar a un Gerente, presenté mi solicitud. Y mi cabeza se puso a funcionar en esa dirección. Preparándome por si me preguntaban qué podría aportar. Pero no me lo preguntaron. Quien estaba al otro lado de la línea telefónica solo se interesó por el por qué quería el trabajo. Le dije que porque me hacía ilusión y porque estaba harto del que tenía. No debió resultar adecuada mi respuesta. No me dieron el trabajo. Ahora escribo lo que pudo ser mi aportación. De forma muy resumida. Por si fuese de utilidad.

Y porque este otoño, en Barcelona, escuché a Javier Pacheco. En la presentación de su candidatura al cargo de Secretario General de las CCOO de Catalunya. Y también la aportación de Aurora Huerga en ese mismo acto. Y porque, en la ponencia “Hacemos un sindicato cercano” del plan de acción del 11 congreso de CCOO de Cataluña, se dice: "Organizar el sindicato para reforzar la acción sindical en la empresa y la acción social en la calle. Una organización más horizontal y participativa, basada en equipos de dirección colectivos y liderazgos compartidos. Que trabaja en equipo y por proyectos, con planificación, priorización de objetivos y evaluación de resultados. Que fomenta la cooperación interna entre las estructuras sindicales. Que incorpora la ética, la transparencia y el rendimiento de cuentas en todas sus actuaciones. Una organización feminizada que se compromete con la paridad y con la promoción de la participación y la visibilización de las mujeres tanto interna como externamente".

Cosas parecidas también dicen los "comunes". Todo ello me ha inducido a recuperar y actualizar lo que empecé a pensar hace ya más de una década. Cuando aspiré a programar y coordinar el trabajo de la organización de CCOO. Para que cumpliese mejor con sus objetivos. Procurando utilizar tan eficaz y eficientemente como fuese posible todos los recursos que tienen. Sin ampararme en que siempre se necesitan más. A fin de obtener los máximos beneficios alcanzables para los trabajadores. De acuerdo con las directrices de la Dirección del Sindicato.

Sindicarse, una necesidad actualmente posible para los trabajadores.

Los derechos y las libertades de las personas se consiguen y se mantienen actuando colectivamente. Para eso resulta necesario incorporarse a una asociación existente. O crear una nueva al efecto. Y coadyuvar, sistemática y continuadamente, a que se alcancen los fines de la asociación.

En el ámbito de los trabajadores por cuenta ajena, es imprescindible afiliarse a un sindicato. Mejor si fuese unitario. Para cooperar y actuar su marco. Participando en sus deliberaciones, decisiones y acciones, en la medida de las posibilidades de cada uno.

El ordenamiento constitucional de nuestro Estado social y democrático de Derecho reconoce el derecho a la libertad sindical. Como derecho fundamental. Todos/as podemos sindicarnos libremente.  La creación del Sindicato y el ejercicio de su actividad son libres, dentro del respeto a la Constitución y a la Ley. Precisándose que su estructura interna y su funcionamiento deben ser democráticos. Pudiendo elegir, en el ejercicio de su propia autonomía, los medios más congruentes a sus fines. Para actuar en la promoción, tutela y defensa de los derechos e intereses de los trabajadores.

El desarrollo legal del derecho a la libertad sindical debe hallar también su justificación y acogida en el artículo 9º.2 de la Constitución, que establece que «corresponde a los Poderes públicos promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sea real y efectiva; remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social».

Estructura sindical

Por estructura podemos entender el conjunto de elementos que conforman el Sindicato y la forma en que se relacionan. La estructura se considera formal cuando se han explicitado los órganos y las relaciones que se establecen entre ellos. Por estructura informal se considera el conjunto de relaciones que no han sido definidas explícitamente y que suelen responder básicamente a necesidades esporádicas. La estructura real de la organización comprende todo el conjunto de relaciones formales e informales.
Podríamos representar la estructura sindical como indica la figura 1.


Organigrama funcional

El organigrama funcional se puede considerar como una herramienta informativa de la forma de gestión de la política sindical. En él se encuentran representadas las secretarías, su distribución, facultades, funciones y competencias. También puede comprender información relativa a las atribuciones relacionales y a las estructuras jerárquicas del sindicato. En cierto modo también pueden simbolizar los principios de actuación sobre los que se sustenta la estructura organizativa del sindicato

Podríamos representar el organigrama funcional del Sindicato como indica la figura número 2. 

 Diagrama de flujo del procedimiento sindical. Ver figura número 3

El Sindicato ha de servir a los intereses generales de los trabajadores. Para ello debe actuar de acuerdo con los principios de eficacia, descentralización y coordinación. Evitando que se mantenga la sensación, demasiado extendida en algunos sectores, de que los sindicatos no funciona bien. Siendo más cierto que unos sindicatos funcionan mejor que otros. Por lo que resulta incorrecta la generalización de atribuir al sindicalismo una incapacidad originaria para gestionar la organización de forma eficiente.

En ese sentido resulta necesario impulsar la tecnificación de medios operativos y la desburocratización de las formalidades. Para ir consiguiendo una mejora sostenida del funcionamiento y un mayor servicio al trabajador. Verificando los avances con la implantación de los elementos de los sistemas de calidad de servicio. Para lo que debería utilizase un adecuado sistema de auditoría operativas y de gestión, independientes, que impulsase a los gestores hacia la mejora continua. Y así dar satisfacción a las necesidades de seguridad, rapidez, agilidad y facilidad que exigen los ciudadanos en general y los afiliados en particular. 

Ciertamente, los sistemas gerenciales, de casi exclusiva racionalidad económica, que adoptaron algunas organizaciones de servicios públicos, han significado mejoras en muchos aspectos. Pero ya hace años que la organización vertical jerárquica muestra demasiadas insuficiencias.

Ahora es necesario implantar un esquema organizativo dirigido a la acción. En el que se contemple adecuadamente el lugar que ocupa el interés del trabajador y del ciudadano. En donde se atienda al servicio que se ha de prestar. Y se muestre el flujo de trabajo a través del cual se van a satisfacer las necesidades y las aspiraciones de los trabajadores. 

Para eso es necesario avanzar en la implantación de una organización horizontal por procesos. Con definición de competencias y responsabilidades. En un modelo de gestión tendente a satisfacer tanto las expectativas del afiliado como las aspiraciones de las personas que participan en la organización. A cumplir con las normativas de seguridad, salud, ergonomía y ecología. Procurando la máxima eficacia y eficiencia sin confundir costes con gastos. Es decir diseñar, producir, y hacer disponibles las actividades y servicios de tal manera que se tienda a conseguir la satisfacción del afiliado a un nivel aceptable de coste. Una organización para la acción.

Diagrama de flujo correspondiente a una negociación sindical.


1.- Se detectan las necesidades y/o aspiraciones de un conjunto de trabajadores de una empresa, sector, ámbito, territorio.
2.- Se concretan y se explicitan en una plataforma reivindicativa. Teniendo en cuenta que la relación laboral típica se establece cuando se acuerda realizar un trabajo personal subordinado a cambio de unas retribuciones.
2.1.-La prestación laboral se concreta, en la práctica, en el qué, quién, cómo, cuánto, cuándo y dónde. Lo que precisa asesoramiento técnico. Para sopesar su alcance y contenido.
2.2.- Las retribuciones pueden ser directas o indirectas, pecuniarias o en especie y de otras clases. Lo que precisa asesoramiento económico. Para calibrar las posibilidades y evitar frustraciones.
3.- La plataforma reivindicativa debe ser explicada y discutida en asambleas.  Si es posible en los centros de trabajo. Para que los interesados den su opinión y, en su caso, la asuman y la defiendan.
3.1.- También se han de prever reuniones en los locales del sindicato para seguimiento.
3.2.- Y en centros cívicos de los barrios.
4.- Lo que da paso a la negociación propiamente dicha con las reuniones correspondientes.
4.1.- Lo que precisa de una Comisión negociadora que debe ser elegida o designada adecuadamente.
5.- Al tiempo se necesita la movilización de los trabajadores interesados y de quienes se solidaricen con ellos. Para ejercer la presión adecuada y poder conseguir los propósitos.
5.1.- Lo que puede hacerse a través de distintos tipos de manifestaciones, concentraciones, comunicaciones, facebook, twitter, recogidas de firmas, influencias en distintos centros de poder.
5.2.- Y, como último recurso, la huelga. En sus diversas manifestaciones de bajo rendimiento, trabajo a reglamento, paro total.
6.- Hasta alcanzar un preacuerdo. Cuando el equilibrio entre prestación y remuneración se considere adecuado. En función de la correlación de fuerzas.
6.1.- Lo que debe contar con el beneplácito de la Comisión Ejecutiva correspondiente del sindicato, en su más amplia visión del contexto laboral.
6.2.- Y conviene contar con la asesoría jurídica para su adecuada concreción y redacción.


7.- El preacuerdo se debería pasar a consulta de los trabajadores afectados
7.1.- Mediante asambleas en los centros de trabajo, locales del sindicato y barrios.
7.2.- Y, en casos excepcionales, referéndum.
8.- La firma del acuerdo alcanzado es un momento importante que debería ser resaltado.
8.1.- El contenido del acuerdo ha de ser impreso y transmitido a los afiliados para que lo conozcan y puedan exigir su cumplimiento en lo que les beneficie.
8.2.- Además se le ha de dar la correspondiente publicidad y obtener la publicación oficial.
9.- Finalmente hay que aplicar el acuerdo, conseguir que se cumpla de buena fe y controlar que la resultante de su conjunto resulte beneficioso para los trabajadores.

En mis tiempos de sindicalista, la mayoría de estas tareas se realizaban de forma informal. Hoy puede ser necesario que se expliciten. Para conseguir que todos los que participen en el proceso comprendan la importancia de su parte. Que se identifiquen con ella. Que la acción les resulte gratificante. En la parte que les corresponda de la división sindical del trabajo diseñada. Distinta de la división capitalista del trabajo. Asumiendo su parte en la acción del conjunto. En la que todos han de colaborar solidariamente desde su especialidad o posición. Facilitando el trabajo de los demás. Como si uno mismo tuviese que hacer el trabajo del otro. Conscientes de la importancia de su cooperación en la acción global. Contribuyendo en la dirección, programación y coordinación del proceso. Para conseguir una acción más eficaz y eficiente.


Diagramas de flujo similares deberían diseñarse para cada una de las actividades importantes del sindicato. Elecciones sindicales, captación de afiliados, participación, huelga, etc. Procurando la interconexión en lo que precisen.


Ojo con los mecanismos de la actividad privada

Sin embargo es preciso alertar sobre los problemas que puede ocasionar la utilización por el sindicato de los mecanismos de actuación propios de la empresa privada. Libertad de contratación. Selección arbitraria de personal dirigente o trabajador. Control presupuestario menos riguroso, con relación más directa entre ingresos y gastos. Prescindir de la participación en la Dirección de afiliados, trabajadores del sindicato y colaboradores. Porque el Sindicato no responde de su gestión de igual forma que la empresa privada, ni los "propietarios" tienen los mismos intereses. Si una institución pública, una universidad o un hospital, obtiene unos buenos resultados económicos o no, sus trabajadores, sus usuarios y los responsables políticos, se comportarán y adoptarán decisiones muy distintas de las que tomarían los accionistas de una empresa privada. Es fácil comprobar cómo en algunas actuaciones del sector público la ineficacia se disfraza de rentabilidad. 

En una entidad pública, como el sindicato, más incluso que en la empresa privada, la calidad de los productos o servicios son el resultado de la calidad de los procesos que se utilizan para generarlos o producirlos. Porque, en muchos casos, la rentabilidad o el beneficio consiste simplemente en su propia existencia en condiciones aceptables. Y eso a pesar de que, en algunos casos, no se consigan obtener los resultados apetecidos. Como los bomberos o los médicos, los sindicalistas, aunque no existiesen eventos en los que actuar, su existencia es imprescindible y sus protocolos necesarios.


                                                             Figura número 2
                                                               
                                                           
                                                            Figura número 1
         
                                                             
                                                                Figura número 3